Si
trabajas o quieres trabajar y tienes 14 años, debes saber que el Estado
venezolano reconoce la capacidad laboral de los adolescentes.
Muchos jóvenes
quieren o necesitan trabajar. Son múltiples las razones: desde las
estrictamente vinculadas al sostenimiento de si mismo y de su familia, hasta para
dar rienda a un talento, iniciar el desarrollo de una actividad de interés
para el adolescente, o contribuir con algunos de sus gastos personales.
Todos los niños, niñas y adolescentes trabajadores están protegidos contra la explotación económica y del desempeño de cualquier trabajo
que pueda entorpecer su educación, sea peligroso o nocivo para su salud o para
su desarrollo integral. Con esta normativa se espera que haya una armonía entre trabajo y estudios. Familias y empleadores
deben asegurarse también de que el adolescente trabajador abandone sus
actividades escolares. El trabajo semanal no podrá exceder las 30 horas y están prohibidas las horas extras.
Los adolescentes trabajadores pueden celebrar válidamente actos, contratos y convenciones colectivas relacionados con su actividad laboral y económica; tienen derecho a ejercer las respectivas acciones para la defensa de sus derechos e intereses, inclusive tienen el derecho de huelga, ante las autoridades administrativas y judiciales competentes. Gozan de libertad
sindical y tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales
que estimen convenientes o afiliarse a ellas.
Para inicial una actividad laboral, los trabajadores adolescentes deben estar inscritos en el registro que llevan los Consejos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en el Sistema de Seguridad Social, donde gozarán de los mismos beneficios que los mayores de 18 años.
Los adolescentes solos o acompañados de sus padres deben acudir al Consejo de Protección del municipio
donde residen y solicitar ser incorporados en el registro de adolescentes
trabajadores, base de datos que todo consejo de protección lleva. Allí entre los requisitos más importante está el examen médico que certifica el buen estado de su salud para asumir un trabajo.
¿Quieres saber más sobre este requisito para poder ejecutar un trabajo? No dejes de seguir nuestras cuentas. Si quieres saber a cuál consejo de protección te toca dirigirte para este u otros trámites, no dejes de preguntarnos a tienesderechovenezuela@gmail.com.
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